De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código orgánico Procesal Pena, se especifican las fecha a partir de las cuales la penada podrá solicitar los beneficios que establece la Ley una vez cumplida la mitad de la pena impuesta que será a partir 29-09-2008.
a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a Tres (03) Años, la cual cumplirán el 29-03-2005, pero podrá solicitarlo a partir de 29-09-2008
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a Cuatro (04) Años, que cumplirán el 29-03-2006 pero podrá solicitarlo a partir del 29-09-2008.
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c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Que le corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual Ocho (08) Años, que cumplirán en fecha 29-03-2010.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir la 3/4 partes de la pena, que es igual a Nueve (09) Años, la cual cumplirán el 29-03-2011.
QUINTO: Igualmente, de acuerdo a la potestad atribuida al Juez de Ejecución en.....