DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano HÉCTOR ENRIQUE CORRO, de nacionalidad Venezolana, natural de la guaira, titular de la cédula de identidad Nº 17.710.026, nacido en fecha 28-08-1984, de 25 años de edad, hijo de Padre Desconocido y Bonita Algarrin (V), de profesión u oficio Obrero, residenciado en Sector Pueblo Arriba, Calle San Francisco, cerca de la iglesia, casa de color blanca con melón, Estado Vargas a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN EN MENOR CUANTÍA, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sus.....