DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública MILETZI BUENO, actuando en su carácter de defensor del ciudadano OSWALDO ORTIZ SANDOVAL, contra la sentencia condenatoria, de fecha 21 de abril de 2004, dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial, mediante la cual se le impuso al prenombrado acusado, la pena de DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (4) MESES de PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 216, ordinal 1°, del Código Penal, más las accesorias de ley.