En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al ciudadano ROBERTO ANTONIO DELGADO GIL, titular de la cédula de identidad N° V-16.558.936,de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 07-6-1984, estudiante, domiciliado en Calle Los Cedros, Vereda N° 44, casa N° 1, Urbanización Delgado Chalboud, Parroquia Coche, Municipio Libertador, como medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 ordinal 1º, el 482 y 483, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, c.....