DECRETA al imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Medidas Cautelares Menos Gravosas previstas en el artículo 582 de la LOPNA literales: b) Obligación de someterse a la custodia de sus representantes legales e inscribirse en estudios regulares o en algún curso, presentando constancia, c) Presentarse ante este Tribunal cada ocho (8) días específicamente los días Martes, d) Prohibición de salir del Estado Vargas, e) prohibición de acercarse al sitio del suceso y f) Prohibición de acercarse a las víctimas y denunciantes de este proceso, por estar presuntamente involucrado en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL tipificado en el artículo 407 del Código Penal, para cumplir con la finalidad del proceso penal que tiene en contra.