ABSUELVE de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano WILFREDO ELEAZAR RODRÍGUEZ CAMARGO, quien dijo ser: de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, de Estado Civil Soltero, de 30 años de edad, con fecha de nacimiento el 21 de Mayo de 1975, de profesión u Oficio Funcionario Policial, con residencia en Brisas de Propatria, sector Mario Briceño Iragorri, calle principal casa N° 62 titular de la Cedula de Identidad Numero V: 12.375.989, de la acusación efectuada en su contra por la representante de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en el Estado Vargas, Dra. MILAGROS GOITIA, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente.
Se declara la libertad plena del ciudadano WILFREDO ELEAZAR RODRIGUEZ CAMARGO, por lo que quedan sin efecto las medidas cautelares sustitutivas que les fueron impuestas.