DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al JHOEL MAYKOLD GONZÁLEZ POSSO, de nacionalidad Venezolana, natural de Canchunchun Viejo, estado Sucre, nacido en fecha 02-11-1979, de 36, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Conductor, hijo de Miriam Posso (v), y de Temistocles González (v), residenciado en: Carúpano, estado Sucre, Canchunchun Viejo, vuelta la cantera, casa sin número, cerca de la bloquera, y titular de la cédula de identidad Nº V-13.924.673, conforme a lo previsto en los artículos 471, 474, en concordancia con el artículo 488, en su Parágrafo Segundo Excepciones, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, notifíqu.....