Este Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa se ventile por la vía del procedimiento para el juzgamiento de delitos menos graves, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud Fiscal, en cuanto a la aplicación de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano JOAN LUIS LEON BENAVENTE, contenida en el artículo 242, numerales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente la misma en presentaciones periódicas cada treinta días por un periodo de 2 meses. TERCERO: Este juzgado admite parcialmente la precalificación fiscal, en consecuencia se admite únicamente el delito de LESIONE.....