En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano MARIO ENRIQUE TORRES ZAPATA, de nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira, fecha de nacimiento 15-03-87, de 22 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Policía Municipal, hijo de Betsabe Zapata (v) y de Mario Torres (v), titular de la cédula de identidad Nro. V-18.131.545, residenciado en Parroquia Naiguatá, Pueblo Abajo, Calle Pumaga, casa la Sardina, adyacente a la Escuela Nacional, teléfono N° 0212.325.11.18, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 26/10/2010, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancion.....