DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a la ciudadana JENIFFER NATALY ORIA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.857.558,de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, domiciliad en Caravaca, Sector Tarmas, Callejón Anare, casa s/n, frente al cementerio estado Vargas, por el tiempo de TRES (03) MESES Y DOS (02) DÍAS, CON DOCE (12) HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 04-09-2009, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, de fecha 04-09-2009, en relación a lo establecido en el artículo 24, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la disposici.....