a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a Dos (02) Años, Nueve (09) Meses, Veintidós (22) Días y Doce (12) Horas, la cual se cumple el 13-07-2005 a las doce (12) horas. El mismo podrá optar de este beneficio una vez cumplida la mitad de la pena impuesta, es decir a partir del día 06-05-2008.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a Tres (03) Años y Nueve (09) Meses, que cumplirá el 21-06-2006.El mismo podrá optar de este Beneficio, una vez cumplida la mitad de la pena impuesta, es decir a partir del 06-05-2008.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Que corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual Siete (07) Años y Seis (06) Meses, que cumplirá en fecha 21-03-2010.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir la 3/4 partes de la pena, que es igual a Ocho (08) Años, Cinco (05) Meses, Siete (07) Días y Doce (12) Horas, la cual cumplirá el 28-02-2011, a las doce (12) horas.