DECRETA EL CESE DE LA SANCIÓN EN LA PRESENTE CAUSA, debido a la MUERTE, del adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, quien era Venezolano, Titular de la cedula de Identidad N° V- 17.954.064, quien falleció el día 03/ 09/ 2006, el cual se encontraba cumpliendo la sanción de Libertad Asistida, Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) año y ocho meses, y Servicios a la Comunidad por el lapso de Seis (06) meses, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 84 ambos del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal H de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.