DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano CARLOS ARTURO PAREDES LONDOÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.938.269, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 281 en relación con el artículo 277, ambos del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar establecidas mediante la presente. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se le exonera del pago de las costas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo.....