Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 272 constitucional, artículos 20, 52 y 56 del Código Penal, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado JHONNY ENRIQUE MALDONADO ANGARITA, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 20 de Julio de 1981, de estado civil divorciado, domiciliado en Barrio Puente Real, Pasaje Vagual N° 8-13, San Cristóbal Estado Táchira, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.873.221, por el tiempo que le falta por cumplir de la pena, que sería de CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS, en la localidad del Municipio San Cristóbal, Parroquia San Juan Bautista, San Cristóbal, Estado T.....