DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano AMARISTA TOVAR DAVID MIGUEL, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.548.901, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas. Distrito Capital, de 22 años de edad, nacido en fecha 05-09-80, de estado civil soltero, de profesión u oficio mensajero, residenciado en Bloque 11, Piso 12, APTO 123, escalera B, Monte Piedad Urb. 23 de enero, Distrito Capital, detenido en fecha 07-04-2003, de conformidad con el articulo 373 concatenado con los artículos 250 y 251 todos del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto el Presunto hecho punible merece pena privativa de libertad y la acción no se encuentra evidentemente prescrita existen así mismo elementos de convicción para presumir que el imputado ha sido el autor o participe del hecho, ya que consta en acta policial suscrita por funcionarios Policía Metropolitana, y firmada por testigos, la presunción razonable de peligro de fuga, la pena que podría llegar a imponerse, y por cu.....