DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal QUINTO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se le impone al ciudadano ARTURO NUÑEZ IZAGUIRRE, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 10-11-65, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Electricista, hijo de ROSANDA IZAGUIRRE DE NUÑEZ y de JUAN MANUEL NUÑEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.998.413, residenciado en: Carretera vieja, Maiquetía, detrás del Hospital San José, al lado de la familia Sánchez, estado Vargas. Teléfono: 0212-29954, la aplicación de las medidas de protección y seguridad prevista en el artículo 87 numerales 5 y 6, en relación con el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten.....