DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano EDGARDO JOSÉ RANGEL RIVERO, titular de la cédula de identidad número V-16.508.452, de 33 años de edad, nacido en fecha 14/12/1980, de estado civil soltero, natural de La Guaira, estado Vargas, de profesión u oficio obrero, hijo de Zulay Rivero (v) y Edgardo Rangel (v), a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS, DOS (2) MESES y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 en relación con el 80, ambos del Código Penal, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias contempladas en el artí.....