DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano MIGUEL ANGEL REYES FIGUEROA, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 08-09-1984, de 30 años, titular de la cedula de identidad Nº V.-17.114.482, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Miguel Antonio Reyes Mata (f) y Magali Figueroa (f), residenciado en: Avenida Branger, con calle Giradot y 24 de junio, casa 96-46, Valencia, Estado Carabobo, por el tiempo de SIETE (07) MESES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 15-06-2012, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
Publíquese,.....