Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado JOSE DANIEL SOLANO PORRAS, plenamente identificado, al Municipio Girardot del Estado Aragua, por un tiempo de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS y DIECISEIS (16) HORAS, que resulta del tiempo que le falta por cumplir de la pena que corresponde a UN (01) AÑO, UN (01) MES Y ONCE (11) DÍAS, con un aumento de la 1/3 parte, que son CUATRO (04) MESES, TRECE (13) DÍAS y DIECISEIS (16) HORAS, lo que da un total de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS y DIECISEIS (16) HORAS, , que corresponde el tiempo CONVERTIDO EN CONFINAMIENTO POR EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA, hasta la fecha 09 DE NOV.....