Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Agrario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley ordena: ÚNICO: SUSPENDER la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 10 de Noviembre de 2015, sobre un inmueble Ubicado en la Urbanización Vilacha, Sector el Rincón, apartamento distribuido con letra y numero B-6, Planta Baja, bloque N° 2, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas, debidamente inscrito ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 29 de febrero de 2012, quedando anotado bajo los siguientes datos registrales N°2.012.173, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 456.24.1.7.650, y correspondiente al libro de folio real del año 2.012, el cual tiene una superficie aproximada CIENTO CINCO METR.....