DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE LUIS MAYORA MACHADO, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, donde nació en fecha 15-12-1983, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Ernestina Machado y Eduardo Mayora, residenciado en: Sector la Cachapera, sexta Loma, Casa S/n, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad N° 18.931.246; contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 457 del Código Penal, en virtud de haber cumplido en exceso la pena impuesta mediante sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual lo CONDENO a cumplir la pena de TRES (03) MESES DE PRISION, así como a las penas accesorias establecidas en los artículo 16 del Código Penal vigente.