DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad de LUIS JOSÉ ALVAREZ VERGARA, titular de la cédula de identidad N° 11.669.366, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: De nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 31 años de edad, nacido el 03-10-71, de estado civil soltero, hijo de Luis Álvarez y Alicia Vergara, de profesión u oficio Desempleado, residenciado en Sector la Candelaria, Avenida Abelario, Edificio Abelario, piso 4, Apartamento 4-A, Caracas, de conformidad con el articulo 373 concatenado con los artículos 250 y 251 todos del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto el Presunto hecho punible merece pena privativa de libertad y la acción no se encuentra evidentemente prescrita existen así mismo elementos de convicción para presumir que el imputado ha sido el autor o participe del hecho, ya que consta en acta policial suscrita por funcionarios de la Guardia Nacional y firmada por testigos, la presunción razonable de peligro de fuga por la .....