DISPOSITIVA.-
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano WILBY RAFAEL MALPICA GUTIERREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 21-10-1982, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Edgar Malpica Blanco (v) y Gutiérrez del Valle (v), residenciado en Barrio Ezequiel Zamora, Valle de la Cruz, sector Cotoperi, Catia La Mar, a tres casa de la bodega de de Antonio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.330.060, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado 458, del Código Penal, vigente para el momento de ocurridos los hechos, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, exonerándose al .....