Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del ciudadano XAVIER JOSÉ ARTEAGA ENRIQUE, titular de la cédula de identidad Nº V-15.544.096, quien dijo ser de nacionalidad Venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 19-03-82, de 34, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Vilma Enrique (v) y de Claudio Arteaga (f), residenciado en: El Cardonal, calle del Medio, casa Nº 123, cerca del CICPC de la Guaira, estado Vargas, teléfono 0412-309-66-43, ello en virtud de una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesta al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 471, 482, 496 y 497, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos: