Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ACUERDA EL REGIMEN ABIERTO, a la penada ELVIS DEL CARMEN PEREZ CARDOZO, quien es nacionalidad venezolana, natural de Maracay, estado Aragua, de estado civil casada, titular de la cedula de identidad Nº 9.436.505, como fórmula alternativa al cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar el referido penado en el Centro de Tratamiento Comunitario "Pbro. José Maria Fabián Rubio. Boleita Norte - Caracas., obligándose el mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión, según lo prevé el artículo 510 eiusdem.