DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento Ordinario, todo de conformidad con los artículos 280 y 373 parte infine del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la Defensa Pública, en el sentido de otorgar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado ANGEL GABRIEL ROJAS GRATEROL, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.627.966, de nacionalidad Venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 15/09/1990, estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de WENSESLAO ROJAS (V) y MARÍA GRATEROL (V), residenciado en: Valle del Pino, Final de la Calle Armando Reverón, casa N° 516, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de.....