PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Julio César Méndez Farías, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Juan Pardo Sole, antes identificado, contra la sentencia definitiva dictada el 14 de octubre de 2003 por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En consecuencia, REVOCA el fallo apelado.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta el 13 de marzo de 2001 por el ciudadano Julio César Méndez Farías, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Juan Pardo Sole, antes identificado, contra el ciudadano Honorio Arteaga Rodríguez, antes identificado, por la falta de pago de los cánones de arrendamiento, de conformidad con el literal “a” del artículo 34 del Decreto Con Fuerza de Ley de Arrendamiento Inmobiliarios. En consecuencia, se ORDENA la inmediata desocupación del inmueble consistente en una casa, ubicada en la Población de Maiquetía, Municipio .....