CONDENA a la ciudadana AMERCIA DEL CARMEN GUARAMATO, de nacionalidad Venezolana, natural de Aragua de Barcelona Estado Anzoátegui, titular de la Cedula de Identidad N° 08.466.765, en fecha 18-07-1960 , de 44 años de edad, de estado civil soltera, residenciada en: Tumeremo, Calle Páez, Casa S/N, ciudad Guayana, hija de VESTALTA MARIA BARRIOS, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 376 del Código Orgánico Procesal Penal, 37 del Código Penal y 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Igualmente se le condena, a cumplir las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Igualmente se exime del pago de las costas procesales de conformidad con .....