Admitida en su totalidad la acusación y los medidos probatorios de las partes, ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el presente asunto seguido a los hoy acusados MARCANO LUNAR JESUS ELOY, titular de la cedula de identidad N° V-18.109.635, igualmente para el ciudadano EDUARDO MACIAS SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° V-13.826.056, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 25/05/1979 de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio seguridad, hijo de Eduardo Macias (v) y de Reina de Macias (v), con residencia en: Sector el trébol, callejón El Encantado, casa N° 20, cerca de la Bodega de Yolanda, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, teléfono N° 0412-390-42-63, por la comisión de los delitos de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR , previsto y sancionado del articulo 06 de la Ley contra la delincuencia organizada, SICARIATO previsto y sancionado del articulo 12 de la Ley contra la Delincuencia Or.....