La inmediata libertad del imputado Jesús Gregorio Rodríguez Galván, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 24/12/62, de 40 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Luis Antonio Rodríguez Ramírez (F) y Beatriz Galván de Rodríguez, titular de la cédula Número V-6.484.186, residenciado en Maiquetía, Quenepe, segunda línea, sector 3, casa sin número, estado Vargas, en virtud de habérsele acordado Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales 3° del artículo 265 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá presentarse cada ocho días ante la sede de la Fiscalía Octava del Ministerio Público.
SEGUNDO: El procedimiento a aplicar es el ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se acuerda remitir copia debidamente certificada de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta de.....