ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Penal Dra. ARELIS BEATRIZ NAVARRO, en su carácter de defensora del imputado MICHER JOSE HERNANDEZ PACHECO, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de Julio de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra del mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, en relación con los numerales 1°, 2°, 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 80 segundo aparte del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el.....