REVOCA la decisión dictada en fecha 29 de Septiembre de 2011 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETÓ LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano ANTHONY ALI GUEVARA GARCIA titular de la cédula de identidad N° 16.675.690, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y PECULADO DE USO, previstos y sancionados en los artículo 458, 286 281 todos del Código Penal y 54 de la Ley Contra la Corrupción y al ciudadano REYMER OSMAR VASQUEZ PARADA, titular de la cédula de identidad 17.058.807 por los delitos de ROBO AGRAVADO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 286 del Código Sustantivo Penal, al no encontrarse llenos los extremos legales exigidos en el artículo 250 del Código Orgánic.....