declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISIÓN del Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada YUSMARA SOTO, en su carácter de Defensora Pública Primera Penal en Fase de Proceso del estado Vargas, en contra de la decisión emitida en fecha 05/03/2016, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual DECRETÓ LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JOSÉ LUIS MARTÍNEZ NIEVES, identificado con la cédula de identidad Nro. V-16.308.709, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 concatenado con el segundo aparte del artículo 80, ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Dairys Del Carmen González, en virtud de que el A quo en fecha 25/04/2016, revisó la decisión impugnada y le impuso la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada treinta.....