Se dicto sentencia y se declaró, CON LUGAR el RECURSO DE HECHO, interpuesto por ANDRES J. GRILLO GOMEZ, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA LUISA BORGES.
En consecuencia, se ordena al Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, oír en ambos efectos la apelación interpuesta por el abogado Andrés J. Grillo Gómez, contra el fallo dictado el 29/1/200 por el citado Juzgado