En mérito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas Adolescentes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA el viaje de la niña , de once (11) años de edad y con pasaporte Nro. 094801778, para que viaje en compañía de su progenitora, la ciudadana SORAYA MAGDALENA PEREZ PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.580.448, el día 02/03/2016, con un itirinario de vuelo Nº 420, desde Maiquetía, por el Aeropuerto Internacional de Maiquetía Simón Bolívar, con destino a SANTO DOMINGO, y con retorno en fecha 05/03/2016, por el vuelo 421 de SANTO DOMINGO a Maiquetía, por la línea aérea Aserca Airlines. Finalmente se insta a la progenitora ci.....