DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el Dr. JOSE ANTONIO LOPEZ, en carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público y en consecuencia, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA a los ciudadanos: DASIO ANDRES CALDERON, venezolano, natural de Caracas, de 19 años de edad, soltero, de profesión u oficio taxista de moto, hijo de DASIO YUCOVA (F) y de MARIA AMPARO CALDERON (V), titular de la cédula de identidad Nº 19.064.934, residenciado en Los Magallanes de Catia, calle Guaicapuro 02, sector La Cubare, Nº 20, de conformidad con el artículo 256, ordinales 3° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentarse cada quince días ante la sede de este Despacho y la prohibición de acercarse a la víctima, por la comisión de los delitos de USURPACION DE FUNCIONES Y U.....