En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, ciudadano RAFAEL ENRIQUE CAFFRONI AVILA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 13 de Diciembre de 1965, de 42 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Enrique Caffroni (v) y de Carmen Ávila (v) domiciliado en Avenida Sur, Residencia Bombai, piso 3, Apartamento 3-A, Santa Paula El Cafetal, titular de la cédula de identidad N° V-6.912.830., como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezue.....