DECLARA CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano EMETERIO PABON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-2.888.726, acompañado de su apoderado la Abogada Nelly Elena Santos de Rivas, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 51190 contra la ciudadana FLOR DE MARIA PARADA CARVAJAL, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N° 27567177 por Divorcio, fundamentándose en la causal 2º del artículo l85 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 23 de Septiembre de 1964, por ante la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de matrimonio N° 294.--
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil insértese la presente sentencia en los libros del Registro Civil de matrimonios llevado por la Prefectura antes mencionada y por el Registro Principal del Estado Táchira, y remítase copia certificada.....