Declara INADMISIBLE la acusación privada presentada por el ciudadano FRANCESCO CASELLA GALLUCCI, en contra de la ciudadana VIRMANIA ALEJOS, por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACION E INJURIA, tipificados en los artículos 444 y 446 del Código Penal vigente, de conformidad con lo pautado en el artículo 405 del Código Orgánico Procesal Penal, por faltar en dicho escrito de acusación un requisito de procedibilidad, para admitirlo.