En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL COMO MEDIDA HUMANITARIA, al ciudadano ALI ALLA EL DINE, de nacionalidad Venezolana (naturalizado), natural de Machghara (Líbano), nacido en fecha 02 de Noviembre de 1976, de 31 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ahmad Alaa El Dine y Jamile Ide, domiciliado en Calle el Nacimiento entre 1era y 2da Trasversal Edificio Nro. 42, Planta baja, apto 2, Los Frailes, Parroquia Sucre, Municipio Libertador y titular de la cedula de identidad Nro. 24.699.845, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º, 502 Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 4 ordinal 1° de la Convención Sobre los Derechos Humanos, así como a lo contenido en los artículos 43 y 83 ambos.....