DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de primera Instancia Penal, Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ORDINARIO contemplado en los artículos 262 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos JHONNY JOSE GRANADO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nro. 19.122.230, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 28 de Febrero de 1989, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio tramitador, hijo de CARMEN MENDOZA (V) y CESAR GRANADO (V), residenciado en: 10 de Marzo, bloque 05, piso 02, letra D, Apto 207, Estado Vargas, teléfono.....