PRIMERO. CONDENA a la ciudadana KARINA ALEJANDRA TORRES TERAN, Titular de la cédula N° 14.875.171 y Pasaporte de identidad N° C1265529, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas. Distrito Federal, nacida en fecha 20-08-1975, de 28 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Del Hogar, residenciado en Calle Real de Lidice, Lote 07, Casa N° 05, Parroquia La Pastora. Caracas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 parte infine de la Ley Orgánica el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal . SEGUNDO. Se le condena igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 61, ordinal 1° .....