Se declaro UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos, ESTHER DEL VALLE MARCANO DE BELISARIO, GLORY MAR BELISARIO DE PEREDA, LUIS ESTIL BELISARIO MARCANO, ERIKA DEL VALLE BELISARIO MARCANO, BIVIANA BELISARIO MARCANO, VICTOR MANUEL BELISARIO MARCANO, ISIS SUILKA BELISARIO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.556.525, V-13.828.953, V-11.059.193, V-11.059.192, V-12.865.931, V-15.831.310, V-29.609.239, respectivamente, respecto al de-cujus LUIS BELISARIO PACHECO, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad N° V-4.116.502, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.