En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al ciudadano MARCOS ANTONIO DOLORES VALDES, de nacionalidad Mexicano, natural de Toluca, México, nacido en fecha 17 de Diciembre de 1976, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, portador del pasaporte N° 02410027493, domiciliado en Sandia N° 13-A, Izcalli, Cuathemo N° 05, Metepec, Estado de México, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente.....