En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a ALIRIO DE JESUS MOSQUERA GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo que el ciudadano penado ALIRIO DE JESUS MOSQUERA GONZALEZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.619.000, cumpla en definitiva la pena impuesta el día 22-01-2019