CONDENA al acusado JOSÉ FEDERICO RIVERO MEDINA, ampliamente identificado al comienzo de la presente, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y CINCO (05) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE CONDECORACIONES E INSIGNIAS Y TÍTULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar, FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD DE DOCUMENTACIÓN MILITAR, tipificado y penado en el artículo 568 ejúsdem y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, reflejado en el artículo 274, en concordancia con el artículo 272, ambos del Código Penal, delitos cometidos en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar y 16 del Código Penal. Por otra parte queda exonerado del pago de las costas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal, al comprobarse s.....