En virtud de lo antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano EULISES JOSE RANGEL SANCHEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 50 años de edad, hijo de Ismenia de Gómez (v) y de Celestino Rangel (v), de profesión u oficio comerciante, domiciliado en Barrio Ezequiel Zamora, Calle Los Apamates, Casa N° 01, detrás de la capilla, Catia La Mar Estado Vargas y titular de la cédula de identidad N° V-5.099.826, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.