SE ADMITE el recurso de apelación por la Abogada LOURDES CORRO, en su carácter de Defensora Pública Décima Séptima en la fase del Procedo del ciudadano JIN CARLOS CARDENAS TOVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-24.806.759, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de febrero de 2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 80, segundo aparte, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano GIL LEOBEL y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones