Se Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la Sociedad Mercantil MOVIMIENTO DE TIERRA TRACTOMAR S.R.L., contra la sociedad mercantil INVERSIONES BUKRI C.A., ambas partes debidamente identificadas en los autos. Asì se declara. SEGUNDO: La demandada INVERSIONES BUKRI C.A., deberá cancelar a la demandante la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÈNTIMOS (Bs.2.360.400,00), hoy, por efecto de la reconversión monetaria, la suma de DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA BOLÍVARES, CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. F. 2.360,04), que representa el monto total del capital de las facturas, previa deducción del monto reflejado en la factura signada con el Nº 1162, de fecha 30 de agosto de 1993, por la suma de TRESCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs.311.800,00), hoy, por efecto de la reconversión monetaria, la suma de TRESCIENTOS ONCE BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs.311,08), pues, la misma carece de destinatario, y por ello ha sido desestimad.....