En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano JORGE ENRIQUE CASTILLO LEON, de nacionalidad Venezolano, natural de Maiquetía Estado Vargas, donde nació en fecha 16 de Noviembre de 1988, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Bachiller en Ciencias, titular de la cédula de identidad N° V-18.324.396, domiciliado en Bloque 2, piso 12, Apartamento N° 121, Urbanización Páez, Catia La Mar, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 60 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordándole un régimen de prueba DOS.....